Aunque el Comité(1) toma nota de los programas de protección de las niñas y los niños desplazados
en Colombia, en su mayoría afrocolombianos e indígenas, el Comité sigue
preocupado de que estos esfuerzos no han sido suficientes para garantizar
adecuadamente los derechos de las niñas y los niños desplazados según lo
ordenado por la Corte Constitucional. Le preocupa en particular que las
necesidades específicas de las niñas desplazadas, que están expuestas en gran
medida a la violencia y la discriminación, no se han abordado suficientemente.
El Comité recomienda que el
Estado Parte:
(A) Evaluar la estrategia de "unidades móviles" e iniciativas
similares y, con base en las lecciones aprendidas y en línea con las decisiones
de la Corte Constitucional, fortalezca las medidas para proporcionar a las
niñas y los niños desplazados y sus familias, protección contra la violencia y que
tengan acceso a la alimentación, a vivienda adecuada, educación, recreación,
salud, registro civil, a la justicia y los servicios de salud mental y de
rehabilitación psicosocial integrados. Recursos, monitoreo y mecanismos de
coordinación entre los organismos pertinentes, también deben fortalecerse.
(B) Tratar adecuadamente las necesidades específicas de las niñas
desplazadas, y garantizar su protección contra el trabajo infantil, la deserción
escolar y la violencia, incluida la violencia sexual y la explotación.
(C) Fortalecer los esfuerzos para garantizar la aplicación efectiva de la
Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, con respecto a las niñas y los niños
desplazados, incluso mediante la asignación de recursos adecuados, garantizar
el acceso a la justicia y la asistencia jurídica gratuita y el fortalecimiento
de la coordinación entre las instituciones pertinentes.
(D) Fortalecer aún más su cooperación con el ACNUR y su adherencia
plenamente a los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos (E / CN.4
/ 1998/53 / Add.2).
VER VÍDEO DE LA
FUNDACIÓN PLAN
(1) ) Observaciones finales sobre los informes periódicos IV y V combinados de
Colombia, adoptadas por el Comité de Derechos del Niño, en su sexagésimo
período de sesiones –Ginebra Suiza, (12 al 30 enero 2015).
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