sábado, 23 de mayo de 2015

De la discapacidad física o mental de los niños y las niñas


“La desatención de los niños y niñas con discapacidad seguirá siendo un reto grande para las entidades territoriales como Chigorodó, porque gobierno tras gobierno el municipio sigue en situación de déficit fiscal.  –Las comisiones y sectores encargados de la realización participativa y comunitaria de los planes de desarrollo no alcanzan a dar cuenta de la real situación de la discapacidad en la entidad territorial por ciclo vital y, consecuentemente no se alcanza a hacer una asignación de presupuesto específico para el desarrollo de esta política pública. 
–Los niños y niñas que más sufren son los que habitan en las zonas rurales dispersas y en las comunidades indígenas porque se hace menos visible la situación de desatención de sus principales necesidades y derechos. –Corresponde a la agenda política del 2016-2019 incluir esta prioridad y asignar dinero para lograr los objetivos que se tracen a través del desarrollo de una estrategia, plan, programa o proyecto que pretenda cumplir con este mandato constitucional. –Le corresponde además a la agenda política venidera, la contratación de profesionales bien formados y cualificados en todo lo concerniente a la discapacidad en el territorio, profesionales con capacidades para incidir, concienciar y generar procesos de empoderamiento y exigibilidad del cumplimiento y reconocimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad.  
–Le corresponde a Antioquia y a Colombia Las Más Educadas, ofertar el acceso sin barreras a los postgrados universitarios en discapacidad, para que se pueda brindar una atención con calidad y se pueda hacer la lucha política que se requiera para que los predicados de la inclusión se hagan realidad.  –Se recomienda abordar este asunto de interés general a partir de las recomendaciones 37 y 38 que ha hecho el Comité de Derechos del Niño en Ginebra Suiza al Estado parte el pasado 12 al 30 de enero de 2015, en la presentación de los informes IV y V.”(1)

“Observación Nº 37. El Comité acoge con satisfacción las medidas adoptadas por el Estado parte para mejorar las condiciones de los niños con discapacidad, como la adopción de la política CONPES 166 sobre las personas con discapacidad en 2013. Sigue siendo, sin embargo, preocupante que:
(a) Aún deben ser adoptadas disposiciones legales pertinentes y algunos reglamentos para garantizar la aplicación de las medidas adoptadas por el Estado parte.
(b) Hay una falta de estrategia para lograr la educación inclusiva, servicios inclusivos, edificios accesibles, servicios de salud adecuados y ocio. Las actividades no están disponibles, en particular en las zonas rurales, y la insuficiencia de las medidas para garantizar la coordinación entre las entidades pertinentes no han sido adoptadas.
(c) Los datos desglosados sobre los niños y niñas con discapacidad es insuficiente.

Observación Nº 38. A la luz de su Observación general Nº 9 (2006) sobre los derechos de los niños con discapacidad, el Comité recomienda que el Estado Parte:
(A) Adoptar todas las regulaciones pendientes a este respecto, en particular sobre los beneficios sociales para los padres de un niño o niña con discapacidad.
(B) Establecer una estrategia integral para el desarrollo de la educación inclusiva y asegurar que la educación inclusiva se le dé prioridad sobre instituciones especializadas.
(C) Adoptar medidas para asegurar la coordinación entre el ICBF y el Sistema Nacional de Discapacidad, incluso a nivel local.
(D) Garantizar la disponibilidad y accesibilidad de los servicios especializados de atención de salud, edificios, servicios inclusivos, foros de participación, y el ocio y las actividades culturales para los niños y niñas con discapacidad, en particular en las zonas remotas y rurales, incluso mediante la asignación de recursos adecuados.
(E) Fortalecer los recursos administrativos para niños y niñas con discapacidad, cuyos derechos han sido violados y facilitar su acceso a la justicia en particular proporcionando asistencia jurídica gratuita.
(F) Recopilar suficientes datos desglosados ​​sobre los niños y niñas con discapacidad.”(2)







(1) GAÑAN BEDOYA, José. Coordinación ninno colombia – voluntarios para la infancia, mayo de 2015.
(2) Observaciones finales sobre los informes periódicos IV y V combinados de Colombia, adoptadas por el Comité de Derechos del Niño, en su sexagésimo período de sesiones –Ginebra Suiza, (12 al 30 enero 2015).

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