miércoles, 24 de junio de 2020

Violación a los derechos humanos de la infancia en Colombia, un síntoma de enfermedad mental que demanda atención sanitaria.



La violación a una niña indígena por un grupo de militares en el municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda, constituye "Un hecho deplorable, que debe ser repudiado por todo el pueblo colombiano. La gran mayoría de los delitos por violencia sexual cometidos en Colombia en contra de los niños quedan en la más vergonzosa impunidad. 

A Colombia le asiste el deber de formular y aprobar una Política Pública en beneficio de la niñez que responsabilice y sancione a quienes teniendo conocimiento de oficio de estos hechos -comisarios, defensores del ICBF, médicos, psicólogos, jueces y fiscales, abogados litigantes, redes familiares de las víctimas, entre otros- y no hacen nada, -que obstruyen el acceso a la justicia, al debido proceso, a la garantía y el restablecimiento de los derechos de quienes no pueden hacer un pleno ejercicio de legítima defensa por su condición de absoluta indefensión y vulnerabilidad psicosocial, entre otros. 

Que los presuntos responsables reciban una sanción excepcional y que la Jurisdicción Especial Indígena allegue a las Cortes Internacionales las respectivas denuncias por la violación a los derechos humanos de la infancia." -El Congreso de la República de Colombia hace poco aprobó que se aplique cadena perpetua a las personas que cometen estos delitos en Colombia.


Hoy, en las noticias de las 07 p.m., el señor Presidente de la República Dr. Iván Duque Márquez repudió el hecho y le comunicó al pueblo colombiano su intención de inaugurar la Ley que condena a cadena perpetua a los presuntamente responsables de delitos como estos. Por otra parte algunos penalistas y constitucionalistas aseguraron que no será posible imponer la cadena perpetua en razón de que la reciente ley no se encuentra en vigencia en el territorio nacional colombiano. 

Hasta el momento, los implicados se enfrentarían a una condena entre 16 y 30 años, por el delito de acceso carnal agravado, por ser una menor de 14 años, y se espera confirmar en las investigaciones si existió algún otro delito que aumentaría la pena.

Por otra parte, el jueves 25 de junio, los siete acusados aceptaron los cargos por el delito de acceso carnal agravado en menor de 14 años, enfrentando una condena entre los 16 y 30 años de prisión. –Sin embargo varios abogados penalistas consideran que lo que debió imputarse fue acceso carnal violento con menor de 14 años agravado. Ambos delitos tienen penas similares, pero su connotación es muy distinta, porque en uno de los delitos hay violencia y en el otro no. Cuando se trata de un acceso carnal abusivo no se entiende que haya habido violencia.

En conclusión: El fallo del juez invisibilizó el hecho y lo que le sucedió a la víctima -, esto en consideración de los términos de protocolos internacionales de víctimas de delitos sexuales.

En consecuencia, si se presume que los siete soldados se llevaron la niña a la fuerza y la forzaron a tener relaciones sexuales, donde además hubo violencia emocional – a manera de coacción o amenaza -, el señor juez estaba frente a un acceso carnal violento agravado precisamente porque medió la violencia en los actos sexuales que cometieron los militares.

Al parecer en este caso, la Fiscalía y en consecuencia el señor Juez incurrieron en un yerro, en tanto que se consideró que no hubo violencia porque se presume que la víctima no ofreció resistencia.

No es razonable en lo absoluto que una menor de 14 años de edad –que además no entiende bien el idioma español- de manera consciente tenga relaciones sexuales con siete hombres adultos, que además están armados y, lo más grave, que la víctima se vea obligada a allegar las pruebas ante el juez de que ofreció resistencia; para que la justicia colombiana brinde las garantías de un juicio justo y no revictimizante.

Por otra parte, tanto las víctimas como la Procuraduría General de la Nación pueden peticionar que se anule la imputación para cambiar los delitos y, puede ocurrir que los imputados no se acojan a los cargos y en últimas es el señor juez quien determina si procede o no anular la imputación.

Así las cosas, y, con relación al tratamiento que se le dio a este caso, Colombia, el gobierno nacional y sus instituciones administradoras de justicia, continúan enviando mensajes muy peligrosos al mundo entero. ¡Vergüenza internacional!  

_____ (José Gañan Bedoya - Psicólogo - Coordinación Antioquia, primero MIS derechos) - Versión ajustada, 29/06/2020 - 12:06. 

  


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